El otro día comentando con Tanino el tema de la limitación en la monster 620 llegamos a la conclusión:
Según el manual de conducción en el permiso A se dice lo siguiente:
"Para poder conducir cualquier tipo de motocicleta, independientemente de su cubicaje y potencia, hay que tener 2 años de experiencia en la conducción de motocicletas con una potencia igual o inferior a 25 kw o de motoclicletas, con o sin sidecar, con una relación potencia/masa igual o inferior a 0,16 kw/kg, pero superiores a 0,11 kw/kg es decir, dos años de experiencia con el permiso A. "
Por lo tanto si no tienes los 2 años o bien tu moto tiene menos de 25 kw o bien una relación potencia masa menor a 0,16 kw/kg y
… la monster tiene (sin limitar) 0,112 kg/kg por lo que seria totalmente legal circular con ella sin limitación!!
Ahora bien, la duda que me asalta es el por qué todo el mundo se fija en eso, en los caballos y no en la relación peso potencia, porque pensandolo tiene su lógica, no es lo mismo un camión con 300 cv que un golf, que un panda!! o una ducati con sus 180 kg con 34 cv y una minimoto con 34cv.....
¿Qué opinais? Joder si que hacen las leyes dificiles de entender....
Pues que los guardias civiles y policias locales por desgracia carecen de auto-compresión y funcionan como los robots.
1- Te piden la documentación.
2- Miran la fecha de tu carnet y si tienes menos de dos años de antiguedad, pasan al punto 3.
3- Miran los papeles de tu moto si está limitada, que lo esté en realidad les da igual.
4- Miran si estas asegurado.
5- Te empluman si no pasas los cuatro puntos anteriores.
Así de fácil-
6- Todo lo demás les da igual, como si que quieres contar la historia de Heidi.
Lo del carnet son tres condiciones, si una de ellas no la pasas, es k no puedes llevar la moto.
Ej: una moto con 16kw pero con una relacion de peso potencia de 0.2, ya la jodimos no puedes llevarla.
Esto es lo q entiendo yo por la mierda esa del carnet. Con lo facil q era antes, de todas maneras no entiendo esas normas pq con el carnet de coche puedes llevar legalmente una 125cc. Si ya algunos q conduciendo coches son un peligro pos hala a subirlos a una moto q es mas facil de llevar. De juzgado de guardia.
En fin, algun dia el tipejo q hace las normas sera alguien con experiencia, digo yo, o quizas no.
¿Pero no se tendría que utilizar entonces la conjunción (se decia asi, no?) y?
Vamos no es lo mismo que sea menor de 25ko o con relacion peso potencia … que el que sea menor de 25kg y con relación… en este segundo caso me entero de que se tienen que dar las dos condiciones… pero en el primero (que es el que dicen las normas) es una cosa u la otra…
Si como tener tienes razon, habria q mirar la ley esa en el BOE y llevarselo a un abogado para ver si existe el vacio legal (mas q vacio, abismo) Pero siendo causa de denuncia y por tanto de recaudacion dudo q se hayan equivocado tan garrafalmente sigo pensando q se deben dar las tres condiciones (sustituyendo el “o” por el “y”) si haces eso del BOE y demas y resulta q esta el socavon ese en la ley, avisa q tengo un amigo q te invitara a una paella seguro
total si te sacas el carnet del coche, al dia siguiente te puedes subir a una maravillosa maquina de tropecientos caballos y arruinar la vida de alguien para siempre, pero como siempre la DGT hace lo que le sale más rentable. :evil:
Pues que los guardias civiles y policias locales por desgracia carecen de auto-compresión y funcionan como los robots.
1- Te piden la documentación.
2- Miran la fecha de tu carnet y si tienes menos de dos años de antiguedad, pasan al punto 3.
3- Miran los papeles de tu moto si está limitada, que lo esté en realidad les da igual.
4- Miran si estas asegurado.
5- Te empluman si no pasas los cuatro puntos anteriores.
Así de fácil-
6- Todo lo demás les da igual, como si que quieres contar la historia de Heidi.
En cierta manera tienes razon, pero … no generalices, hay gente muy competente q realmente te dejaria boquiabierto. Saludos
Bueno, EL_COBAYA … esa pregunta me la hice yo hace … como unos 3-4 años cuando tenia una motocicleta q me daba en la relacion peso/potencia unos 0,12 … el tema es q tiene q cumplir (como bien han dicho x aqui) ambas condiciones, los cv’s y la relacion peso/potencia. Si no cumple una condicion, no entraria dentro del A ‘limitado’.
En su dia, escribi una carta a motociclismo preguntandoselo y ellos me daban esta respuesta, pero no conformes al 100x100, pero posteriormente he tenido la oportunidad de hablar con el subinspector de trafico de Murcia y el jefe de sanciones, y ambos han coincidido en esta afirmacion. Saludos
Jejeje, este mismo “trauma” sufrí yo y no conforme con ello llegue a hablar con no sé qué alto cargo de Tráfico en Madrid.
Efectivamente, cuando estamos viendo el artículo de la Ley relativo a las limitacioes, encontramos una diferencia sustancial en cuanto a su lectura e interpretación. Mientras que en carnet A1, no queda lugar a dudas, con el “A”, al sustituir el/los legisladores un “y” por una “o”. Efectivamente y como dice “EL COBAYA”, SE PUEDE ENTRAR EN UNA “DUDA RAZONABLE” relativa a la RELACIÓN PESO POTENCIA, ya que en este caso habría muchas motos, que podrían ser llevadas sin la preceptiva LIMITACIÓN de potencia.
Obviamente, los “sesudos” de Tráfico, detectaron éste “error” en una Ley ya publicada y en un plazo de tiempo sumamente corto, que SUBSANARON, con una serie de Artículos complementarios, donde queda perfectamente aclarado y donde se indica TEXTUALMENTE que han de cumplirse las dos condiciones LA DE LA POTENCIA y la de RELACIÓN PESO POTENCIA.
Perdonad el tocho, pero, ME EMPOLLÉ LA LEI DE CABO A RABO por este mismo tema en el año 1998, fecha en la que obtuve el permiso de conducir clase “A”. :lol:
El otro día comentando con Tanino el tema de la limitación en la monster 620 llegamos a la conclusión:
Según el manual de conducción en el permiso A se dice lo siguiente:
"Para poder conducir cualquier tipo de motocicleta, independientemente de su cubicaje y potencia, hay que tener 2 años de experiencia en la conducción de motocicletas con una potencia igual o inferior a 25 kw o de motoclicletas, con o sin sidecar, con una relación potencia/masa igual o inferior a 0,16 kw/kg, pero superiores a 0,11 kw/kg es decir, dos años de experiencia con el permiso A. "
Por lo tanto si no tienes los 2 años o bien tu moto tiene menos de 25 kw o bien una relación potencia masa menor a 0,16 kw/kg y
… la monster tiene (sin limitar) 0,112 kg/kg por lo que seria totalmente legal circular con ella sin limitación!!
Ahora bien, la duda que me asalta es el por qué todo el mundo se fija en eso, en los caballos y no en la relación peso potencia, porque pensandolo tiene su lógica, no es lo mismo un camión con 300 cv que un golf, que un panda!! o una ducati con sus 180 kg con 34 cv y una minimoto con 34cv.....
¿Qué opinais? Joder si que hacen las leyes dificiles de entender....</blockquote>
Ahí lo teneis, calentito de la pagina web de la DGT, id consultando al abogado… :twisted: :twisted: :twisted:
1.o El permiso de la clase A. No obstante, la autorización para conducir motocicletas con una potencia superior a 25 kilovatios (KW) o una relación potencia/peso superior a 0,16 kilovatios/kilogramo (KW/Kg) (o motocicletas con sidecar con una relación potencia/peso superior a 0,16 kilovatios/kilogramo), estará supeditada a la adquisición de una experiencia mínima de dos años en la conducción de motocicletas de características inferiores a las anteriormente indicadas, pero superiores a las de las motocicletas que autoriza a conducir el permiso de la clase A1.