Limitar un ST2???

Pues aqui Desmodromicus y yo tenemos una duda. Se puede limitar mi moto???

Mecánicamente sí … vamos que en “peores garitas se ha hecho guardia” … unicamente existe un tema legal (superable a base de dinero, como todo), y es que DUCATI, no tiene HOMOLOGADO ESTE MODELO CON LIMITACIÓN.

Como comprenderás, iniciar úno mismo el proceso de “limitación” y “homologación”, es arduo, laborioso y sobre todo costoso. Resumiendo el tema sería el siguiente:

Mecánico que la limita y emite un certificado. (pasta)

Ingeniero que hace un informe técnico detallando las limitaciones y modificaciones realizadas en la moto, con la emisión del correspondiente certificado e informe. (mucha pasta, más o menos, entre 300 y 450 €)

Solicitar al T.Ü.V. "delegación en España (hay uno en Tarragona y otro en Madrid si no me fallan las neuronas), para que emitan una TARJETA DE INSPECCIÓN TECNICA ABREVIADA. (más pasta … aproximadamente 200 €)

Con toda esa documentación y la correspondiente a la moto, ir a la correspondiente ITV de tu ciudad, donde emiten “nueva TARJETA DE INSPECCIÓN TECNICA” ya con los nuevos datos y características de la moto. (más pastoreta, aqui ya se conforman con cosa de 100 €)

Este mismo proceso, puede seguirse para efectuar la legalización de cualquier “MODIFICACIÓN DE IMPORTANCIA” de nuestras maquinas … cambio de medidas de RUEDAS, cambio de motor por uno de 999R, cambiar ó modificar el chásis … etc.

Lo dicho, una pasta, y con suerte, un par de meses o tres para la realización de todos los trámites.

Que tal compañeros, siento discrepar con DucaToni, pero la cosa no es tan ardua como parece, al menos aquí en mi “feudo”. Que conste que la última palabra la tienen los Interventores de Industria, que ante alguna duda son los que deciden si pedir una cosa u otra, y según que Provincia, difieren en sus desiciones, así que no digamos de una Comunidad a otra, de ahí que DucaToni pueda tener razón en su información.
En primer lugar, no hay que homologar nada, puesto que estamos hablando de realizar una reforma que limitaría en este caso la potencia del motor, claro está que sería mucho más fácil si Ducati tuviera ya un “kit de limitación” homologado para esa moto o similar, pero si no es así, te haría falta:
*Informe de Ducati autorizando a realizar la reforma, en que consistiría y el resultado posterior, o sea, la limitación a…Kw (pues los CVF siguen siendo los mismos).
*Certificado de un taller autorizado (que esté inscrito en Industria en la rama de mecánica, simplemente) haciendo constar detalladamente las labores que ha realizado sobre la moto, que como es lógico deben de corresponder con las que Ducati ha mencionado en su informe.
Un certificado de taller no tiene por que valer dinero, puesto que ya te cobrará por la factura de las piezas y mano de obra; otra cosa es que te lo emita un taller que no tiene nada que ver con la historia y quiera cobrar por hacerse responsable de unas tarea que no ha efectuado, pues únicamente lo que el taller hace es como bien dice el documento CERTIFICAR que ha realizado esas operaciones en tu vehículo.
Una vez tengas esos dos documentos, pasar una ITV que “sólo” te costaría, al menos aquí en Andalucia 14,56 € y en la misma tarjeta ITV de tu moto se haría constar la limitación.
En caso de que Ducati no te emitiera un Informe, que sería lo más natural, tendrías otra opción y sería dirigirte a un “Laboratorio oficial”, aquí en Sevilla tiene uno la Universidad de Ingenieros superiores, por ejemplo, que emitieran un DICTAMEN que al igual que el informe de Ducati, indicara las operaciones a realizar, las piezas que tendrías que sustituir y el resultado final, y en ese caso este Dictamen del Laboratorio, sustituiría al Informe del fabricante (ducati).
Espero que te este ladrillo te sirva de ayuda, mas o menos en terminos económicos y sin meter la factura del taller, hablamos de aproximadamente unos 150 € del Dictamen/Informe y de 14,56 € de la ITV.
Y de nuevo insisto que esto sería aquí en Sevilla, pues aunque la ley debe ser la misma para toda España en materia de Reformas de Importancia (R.D. 736/88) en cada sitio la interpretan de una manera distinta, de ahí que DucaToni pueda estar en lo cierto también.
Venga hasta otra.

Pues muchas gracias por la información, pero con todo esto el interesado se ha ido corriendo, es normal yo también lo haria. No sabia que Ducati no tiene un sistema homologado para limitar. Que le vamos a hacer.
Gracias, un saludo.

Pipa, lo que los fabricantes de motos homologan son MODELOS CONCRETOS DE MOTOS, a potencia limitada y a potencia “normal”, es decir que hay dos homologaciones para un mismo modelo. No homologan “sistemas de limitación”

Bullmastiff, en definitiva, y poco más o menos las tramitaciones que describes son similares a las que yo he descrito, con la salvedad del tema del T.U.V… En cuanto a los precios, én la ITV por ejemplo, si tienen que sustituir la tarjeta de inspección técnica, te cobran más que si pasas la ITV monda y lironda. Y aquí si que tenes una variación de los datos reflejados por la fábrica o el importador en dicho documento.

Como muy bien has expuesto, todo depende del criterio en el momento de aplicar la ley de los Interventores de Industria, y aqui ya sabemos que “cada maestrillo tiene su librillo”.

En definitiva, que los pasos a seguir o la documentación a aportar, viene a ser la misma, (papel más o papel menos), que vendrá dado por dicho criterio en la aplicación del la ley o del reglamento.