MULTAS por exceso de RUIDO ¿¿??

Yo que tú me quitaba esos escapes Patxi, total para lo que tienes, ni te vas a dar cuenta…Luego me llamas y te los compro yo :wink:

:wink:
Ya quedaremos en una de esas quedadas/desmocañas navarricas (o vascas) para hablar del tema; igual en vivo no te convencen ??? :wink: (¿se nota q no quisiera venderlos??..)

Mucho me jodería quitarlos, y mucho más venderlos,… Peeeeero… Nunca se sabe… Ya veré a ver qué hago …:crazy2:…

:wink:
L´ssss

Buenas compañeros,

Aunque no participo en “esta vuestra comunidad”, he entrado como “surfer” y he visto este hilo. Así que primeramente, saludos a todos y barra libre virtual, que va a mi cuenta :smiley:

Respecto al tema del ruido, está perfectamente especificado por las leyes europeas el procedimiento a seguir para medir el ruido de los vehículos a motor (Directivas CEE 78/1015, 87/56, 89/235 y 97/24/CE), por lo que se puede recurrir la multa alegando que la prueba no ha sido correctamente reaalizada (siempre y cuando haya sido así, claro está). Lo de los 3/4 del puño del gas es una cagada monumental por parte de los agentes, ya que un motor a giro libre con esa carga puede ser claramente pasado de vueltas, e incluso, provocar una avería importante. En el caso que nos atañe, es decir, un motor de moto (que sube a más de 5000 r.p.m.), el régimen de giro será de 2/3 el régimen de potencia máxima. Los agentes deberían tener unas tablas con los valores de potencia máxima de cada vehículo para poder estabilizar las revoluciones al régimen correspondiente y efectuar la medición correctamente. Para que os hagáis una idea, está regulado el espacio alrededor de la moto para evitar pantallas sonoras, la colocación del micrófono es caso de múltiples escapes y deben efectuarse varias medidas. Evidentemente, también está regulado el sonido ambiental, ya que no es lo mismo efectuar la prueba en medio de la Gran Via de Barcelona que en una calle peatonal comercial.

En el siguiente enlace encontraréis un archivo PDF con el procedimiento exacto para la medición en parado y las tablas por vehículos antes comentadas:

http://www.ruidos.org/Referencias/libro_ruido_motos.pdf

Saludos y forza Ducati (aunque a mi, además de la pasta, también me gusta el sushi) :wink:

Vaya, he visto que me he equivocado y no puedo editar el mensaje… Bueno, que he puesto 2/3 del régimen de potencia máxima cuando debería haber puesto 3/4… Para más detalles, el PDF lo deja todo clarísimo.

Pues yo, iba como Nutts,por bravo murillo,a la altura de motocard,y allí hay una consecución de semáforos de esos que si pillas uno en ambar y aceleras, los pillas todos verdes,iba con los termis acelerando a más de seismil vueltas, y justo dos munipas :police:,que estaban multando a un coche,! yo creo que se les cayó, hasta la libreta!!,esto pasó en febrero marzo,y todavia no me ha llegado nada, no creo que me tomaran nota.

si me pillan me precintan la moto… :sad3: :sad3:

Os contaré mi experiencia:

Año 96, Cagiva Mito 125 de serie, viernes de madrugada volviendo de tomar dos birras, Barcelona, a 300 metros de llegar a casa, voy reduciendo para llegar a un semáforo que tiene un coche de la urbana esperando el verde. Se sale un urbano y me dice que me pare al lado, me pide los papeles, abre el capó y me saca un aparatejo blanco, y yo jiñao, pensando que iba dar positivo por las 2 cervezas. El tio me dice que es una prueba acústica y que meta 3/4 de gas, yo que voy con la moto fria me digo a mi mismo que por los cojones la pongo como él me dice… La pongo a 5000rpm’s, de las 11500 en las que empezaba la zona roja, y no doy “positivo” por 5 DB… me dice que le ponga fibra al tubo y ya está… Del “jiñe” de la situación me voy con las luces apagadas hasta el parking y con ellos delante… :smiley: :smiley: :smiley:

Moraleja: en ciudades grandes es posible que lleven el cacharro ese como equipamiento “oficial” del coche patrulla…

Yo llevo los DB-Killer en la guantera abatible de mi Multi…por si acaso ::slight_smile: