ReMatriculación+Limitación

A las buenas.

Hace nada nos hemos hecho con una m600 para mi chica que ha ido al garaje hasta que ésta se saque el carnet.

La moto tiene matrícula inglesa y lleva 2 años parada, con lo que le toca una buena revisión y el correspondiente cambio de matrícula.

Por 4 míseros caballos por ficha técnica no entraría dentro de los nuevos planes de la DGT (tiene 51 y la nueva limitación es a 47) con lo cual hay que hacerle la limitación en todo este proceso de locos y como no quiero tener que pasar 2 ITV, ,i idea es que ya aparezca limitada en la ITV obligatoria para el cambio de papeles.

Mi duda es la siguiente. Orden lógico de todo esto?

Lo primero sería revisión para poder pasar la ITV de rematriculación. En esta revisión ya tiene que salir limitada y me tienen que dar una ficha técnica reducida para luego ir a tráfico. Habrá kits para 34cv pero no creo que haya para 47. En el propio taller te hacen la medición de potencia o se limitan (nunca mejor dicho) a instalar un kit ya homologado? Lo digo xq a lo mejor no es necesario el kit de 34, sino que la moto de por sí no llegue ni a 47 o el tope de acelerador se le instale menos restrictivo. No sé si me he explicado…

Ya con esa revisión y la moto limitada se puede llevar a la ITV y de ahí a tráfico… ¿?

Un poco de loco, pero el precio de la moto y el saber que venía de un conocido lo justificaban.

Alguien se anima a aconsejar?

Me vale la experiencia de un primo lejano, o incluso de oídas ;D

Yo creo que lo mejor que puedes hacer es llegarte a la ITV y preguntarles primero. Al fin y al cabo son ellos lo que van a pedirte las cosas y así lo tienes todo listo y a su gusto para que no te causen problemas.

Bueno, es sólo mi idea

no se si te he entendido bien, pero en lo tocante a la limitacion se limitan a ponerte un kit homologado y darte un informe para entregar en la ITV, con eso lo tienes resuelto.
ademas si es iyeccion lo que te limitan es el recorrido del acelerador con lo cual no te limitan la potencia sino la velocidad maxima; porque en primera, segunda y tercera la puedes exprimir a tope >:D

No estoy contigo felipelotas. No puedes estrujarla en 1ª ni en 2ª ni en 3ª ni en ninguna, al limitar el recorrido del acelerador la moto puede llegar a 150 km/h (por lo menos en mi caso M900 ie) ahora, hasta que llegas ahi… yo la compré de importación, la matriculó en España el vendedor y yo tuve que limitarla (del taller a la ITV y de ésta a casa, después fuera pañales) En la documentación de la limitación vienen los papeles que dicen que con este kit la moto saca 34cv, está homologado por industria y ha de ser certificado el montaje por un taller, no es tan fácil como parece y menos económico…

Teruel, a modo orientativo, qué te costó el kit de limitación?

S2R 800 2007; si llegar hasta el corte en 1ª, 2ª y 3ª no es exprimr

De acuerdo con felipelotas… e incluso en 4 sube bien. Yo la tengo limitada y en 1, 2 y 3 sube hasta 9 revoluciones.

Lo que pasa es que creo que tarda mas en revolucionarse (de esto no estoy seguro)

En 4, 5 pierdes el tiron desde las 6.000 reveoluciones en adelante.

La 6 es inutil si la moto esta limitada (igual en bajada ayuda yun poco)

Salu2

Por cierto, 150 los coge en un minuto… al menos la s2r.
Le cuesta un poco mas subir hasta 160-170… y a rebufo y en cuesta abajo, la he puesto a mas de 190…

Y esta limitada!

Buenas, mira aqui para la limitacion http://www.atimpex.com/index.php
y a ver si teneis suerte.

Vssss

gracias 12+1 monster. No aparece la m600. Alguien que la haya limitado?

Me ha parecido ver más de una que se vendía o que llevaba limitación…

El kit de limitación de una M600 (34cv) es un simple tope del acelerador: 8€ + mano de obra. A mi quitarlo me costó menos de un minuto
Puede que esté homologado pero no da 34 cv ni de coña. Al menos en mi caso, puesta en el banco de potencia daba 23cv. En la ITV sólo miran el informe del taller conforme está instaldo el kit de limitacion.

Todo esto en el 2004

Hola ZeroA100 , te cuento mi experiencia para matricular la GT tráida de Gales , por si te sirve de referencia:
1/ Ir a la ITV , allí , aparte de pasarla , te harán la ficha técnica española , la documentación que te van a pedir son :
a) El permiso de circulación del país de procedencia (en este caso U.K.) Osea , los papeles de la moto.
b) Acreditación de titularidad de la moto , es decir o bien una factura del concesionario donde la adquiriste o un contrato de compra-venta (mejor bilingüe) entre el vendedor y tú (huelga decir que el vendedor tiene que ser el que figura como último propietario en los papeles ingleses)
c) Tienes que presentar una ficha reducida que te tiene que hacer un ingeniero industrial (normalmente en la propia ITV tienen a “gente de mano” , por esta ficha te pueden cobrar unos 60-100 € … o bien , como fué mi caso , presente un Certificado de Conformidad europeo que , tras previa petición , me dió el concesionario galés donde compré la moto.
Si tienes que hacer la ficha reducida por medio de un Ingeniero , entonces éste es el primer paso que tienes que dar , ir a la ITV , y que te sugieran ellos a alguien para hacerla.

Una vez pasada la ITV , te tardarán 3 días en darte la ficha técnica española y te devolverán la documentación que aportaste (excepto los papeles ingleses , de los que te darán una copia compulsada)
2/ Después tienes que hacer el impuesto de matriculación en la AEAT , es el modelo 576 , se presenta únicamente por internet , y, o bien encargas a una gestoría que te lo haga , o si quieres hacerlo tú tienes que pedir en la AEAT un certificado de usuario , instalarlo en tu ordenador y cubrir y presentar el impuesto (es bastante lioso el asunto) , sabes que depende el valor de la emisión de CO2 de la moto , y unas tablas que da Hacienda para rebajar la base Imponible según los años que tiene la moto y la cilindrada , después aplicas la cuota dependiendo de dichas emisiones de CO2 (Tienes que tener un documento , de Ducati dónde conste con todos los datos de la moto , ese dato de la emisión de CO2 , por que si te lo requieren y no puedes demostrar dicha emisión , te aplican el tipo máximo que es el 14,75%) , una vez que sepas la cantidad a pagar , vas al banco,pagas y te darán un código NRC que tienes que meter en la declaración del modelo 576 que envíes por internet. … facilisímo , ehh???
3/ Posteriormente , si has pagado a un concesionario y tienes una factura con el I.V.A. desglosado , ya cumples con tema Impuestos , pero si viene de un particular y tienes un contrato de compra venta , tienes que liquidar en Hacienda de tu comunidad (en mi caso la Xunta de Galicia) el modelo 620 , éste también depende de esas tablas que te dije antes ,que reducen el valor de la moto según año y cilindrada , y después le aplicas un 4% de tipo (Algunas comunidades autónomas están exentas de este impuesto … a ver si tienes suerte ).
4/ Después vas al ayuntamiento , allí te dan de alta en el impuesto de circulación y pagas dicho impuesto (la parte proporcional de lo que queda de año).
5/ Ya estamos cerca del final … TRÁFICO !!! … allí presentas la ficha técnica de la ITV , la copia compulsada de los “papeles” ingleses,el modelo 576 (impuesto de matriculación),el impuesto de transmisiones de vehículos (modelo 620)si es que lo tenías que pagar , si no presentas la factura con el I.V.A. desglosado (puede que te requieran , un papel de la AEAT conforme estás exento de pagar I.V.A. en España , por que ya lo has pagado en U.K. , esto es siempre si has comprado la moto en concesionario con factura de IVA desglosado) si la moto la has comprado a un particular , te pedirán el contrato Bilingüe entre el vendedor y tú, el impuesto de circulación del ayuntamiento , y las tasas de tráfico previamente pagadas… y si todo está correcto , en un par de días … ALELUYA !!! … TENDRÁS TODO O.K. PARA PODER CONDUCIR LA MOTO , tu número matrícula , con lo cual podrás ir a que te hagan la placa en un taller , colocarla en la moto… y listo para rodar … no te olvides del seguro !!! ^-^

Espero que todo este “tochazo” te sirva como referencia , y encares el arduo proceso burocrático que este país somete a los sufridores que importan una motocicleta… no te desanimes , que en una semanita se hace todo.

Si quieres más aclaraciones o tienes dudas , escríbeme un correo y te concreto más la explicación , mi dirección es : abeijon7@yahoo.es

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Gracias Greko, es lo que se llama información precisa y preciada. Y un claro ejemplo de porqué no hay más gente dedicada a esto de forma profesional. Prácticamente parece una oposición a funcionario de aduana, o al menos después de esto podrían convalidar asignaturas… :wink:

Ahora a mentalizarse ;D

Zeroa100, perdona por tardar en contestar. Me costó 550€urazos, un robo.

JO-DO, me va a costar más la jaula que el pájaro??? Menudo atraco…

Gracias por la info Teruel.

Yo me acabo de comprar una s2r y paso de ponerle el limitador, no es por chuleria, sino que me queda un mes y pico para cumplir los 2 años y paso de que me claven un dinero por ponerlo y por quitarlo, espero tener suerte con la benemerita.