He recibido esto por mail esta mañas y no sé cuanta realidad hay en estas afirmaciones pero… : :
(Un poco LADRILLACO)
CÓDIGO PENAL: Aprende a interpretar correctamente el Código Penal
siguiendo la lógica aplicada por la industria, que considera que la
reproducción, distribución y comunicación pública de obras
intelectuales que te den cualquier beneficio o utilidad es
delictiva. Para ello, practica con este sencillo test. Siguiendo la
interpretación que hace la indústria del artículo 270 del Código
Penal, elige cual es la acción considerada de mayor gravedad.
1. PREGUNTA:
a) Luis se descarga una canción de Internet.
b) Luis decide que prefiere el disco original y va a El Corte Inglés
a hurtarlo. Una vez allí, y para no dar dos viajes, opta por
llevarse toda una discografía. La suma de lo hurtado no supera los
400 euros.
RESPUESTA: La descarga de la canción sería un delito con pena de 6
meses a dos años. El hurto de la discografía en El Corte Ingles ni
siquiera sería un delito, sino una simple falta (art. 623.1 del
Codigo Penal).
2. PREGUNTA:
a) Luis se descarga una canción de Internet.
b) Luis va a hurtar a El Corte Inglés y, como se la va la mano, se
lleva cincuenta compactos, por valor global de 1.000 euros.
RESPUESTA: Seguiría siendo más grave la descarga de Internet. El
hurto sería un delito, porque supera los 400 euros, pero sería de
menor pena que la descarga (art. 234 del Código Penal).
3. PREGUNTA:
a) Sergio, en el pleno uso de sus facultades mentales, se descarga
una canción de Malena Gracia (¡Hay que tener estómago!).
b) Sergio, en un descuido de Malena Gracia, se lleva su coche y lo
devuelve 40 horas después.
RESPUESTA: Sería mas grave la descarga. El hurto de uso de vehículo
tiene menos pena, a tenor del articulo 244.1 del Código Penal.
4. PREGUNTA:
a) Ocho personas se intercambian copias de su música favorita.
b) Ocho personas participan en una riña tumultuosa utilizando medios
o instrumentos que pueden poner en peligro sus vidas o su integridad
física.
RESPUESTA: Es menos grave participar en una pelea que participar en
el intercambio de compactos. Participar en una riña tumultuosa tiene
una pena de tres meses a un año (art. 154 del Código Penal) y el
intercambio tendría una pena de 6 meses a 2 años (art. 270 del
Código Penal). Si algún día te ves obligado a elegir entre
participar en un intercambio de copias de CDs o participar en una
pelea masiva, escoge siempre la segunda opción, que es obviamente
menos reprochable.
5. PREGUNTA:
a) Juan copia la última película de su director favorito de un DVD
que le presta su secretaria Susana.
b) Juan, aprovechando su superioridad jerárquica en el trabajo,
acosa sexualmente a Susana.
RESPUESTA: El acoso sexual tendría menos pena según el articulo
184.2 del Código Penal.
6. PREGUNTA:
a) Pedro y Susana van a un colegio y distribuyen entre los alumnos
de preescolar copias de películas educativas de dibujos animados
protegidas por copyright y sin autorización de los autores.
b) Pedro y Susana van a un colegio y distribuyen entre los alumnos
de preescolar películas pornográficas protagonizadas y creadas por
la pareja.
RESPUESTA: La acción menos grave es la de distribuir material
pornográfico a menores según el articulo 186 del Código Penal. La
distribución de copias de material con copyright sería un delito al
existir un lucro consistente en el ahorro conseguido por eludir el
pago de los originales cuyas copias han sido objeto de distribución.
7. PREGUNTA:
a) Ramon, que es un bromista, le copia a su amigo el último disco de
Andy y Lucas, diciéndole que es el “Kill’em All” de Metallica.
b) Ramon, que es un bromista, deja una jeringuilla infectada de SIDA
en un parque público.
RESPUESTA: La segunda broma sería menos grave, a tenor del artículo
630 del Código Penal.
8. PREGUNTA:
a) Juan fotocopia una página de un libro.
b) Juan le da un par de puñetazos a su amigo por recomendarle ir a
ver la película “Los Angeles de Charlie”.
RESPUESTA: La accion más grave desde un punto de vista penal sería
la “a”, puesto que la reproducción, incluso parcial, seria un delito
con pena de 6 meses a dos años de prisión y multa de 12 a 24 meses.
Los puñetazos, si no precisaron una asistencia médica o quirúrgica,
serían tan solo una falta en virtud de lo dispuesto en el artículo
617 en relación con el 147 del Codigo Penal.
Y una más: Farruquito atropelló y mató a una persona, sin tener ni
seguro ni carnet de conducir, no auxilió a la víctima, se dio a la
fuga, ocultó pruebas…y sin embargo sigue en la calle.
Hala chavalotes, ya sabéis: pegad, violad, acosad, robad pero no
uséis el emule!!!Paradojas de la vida…